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Gobierno suspende capturas de 29 integrantes del Clan del Golfo para proceso de paz en Doha

Fuente: Hora 13 Noticias

La Presidencia aceptó formalmente a 29 miembros del Ejército Gaitanista de Colombia para iniciar un proceso de desmovilización en el marco de los Compromisos de Paz suscritos en Qatar. Entre ellos está alias "Chiquito Malo". Las órdenes de captura quedarán suspendidas mientras permanezcan en zonas designadas en Córdoba y Chocó, con vigilancia internacional y restricciones de movilidad.

El Gobierno Nacional tomó una decisión que marca un nuevo capítulo en las negociaciones de paz con el Clan del Golfo. Por medio de la Resolución 120 del 29 de abril de 2026, firmada por el Consejero Comisionado de Paz Otty Patiño, el país aceptó formalmente un listado de 29 combatientes de la organización para que inicien su proceso de tránsito hacia zonas de ubicación temporal. Este paso responde a los Compromisos de Paz en Doha, acuerdos suscritos en Qatar en diciembre pasado que buscan abrir espacios de diálogo sociojurídico con este grupo.

Entre los nombres que figuran en el listado está Jobanis de Jesús Ávila Villadiego, conocido como "Chiquito Malo", junto con otros altos mandos como Orosman Orlando Osten Blanco, José Francisco Peña Santana y Tatiana Andrea Correa Jaramillo. El ingreso efectivo de estos 29 combatientes a las zonas designadas está programado para el 25 de junio de 2026. Los puntos de ubicación temporal serán Tierralta en Córdoba, y Belén de Bajirá y Unguía en el Chocó.

Lo que muchos se preguntan es qué significa esto en la práctica. Mientras permanezcan en esas zonas, las órdenes de captura contra estos 29 integrantes quedarán suspendidas, incluyendo aquellas con propósito de extradición. Esto se ampara en el artículo 8 de la Ley 418 de 1997. Sin embargo, el Gobierno fue claro en aclarar que esto no es un salvoconducto para moverse libremente. La suspensión funciona únicamente en los municipios donde el grupo tiene presencia y en las rutas específicas hacia las zonas de ubicación.

Toda movilidad debe ser comunicada previamente a la Oficina del Consejero Comisionado de Paz, indicando rutas, fechas y finalidades. La resolución especifica que "la suspensión tiene un carácter territorialmente restringido y finalista". Es decir, cualquier movimiento fuera de estos parámetros volvería válidas las órdenes de captura.

Para garantizar el cumplimiento, la MAPP/OEA, el organismo internacional de monitoreo, formará parte de un mecanismo tripartito encargado de vigilar y verificar lo que ocurra en estas zonas. El Gobierno advirtió también que cualquier incumplimiento de las condiciones de seguridad y movilidad pactadas dará lugar a una revisión inmediata de los efectos de esta resolución. En otras palabras, si hay violaciones, el acuerdo puede caerse.

Fuente original: Hora 13 Noticias

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