Gobierno implementa cobro de un dólar para salidas internacionales en avión desde Colombia
El Gobierno reglamentó un nuevo tributo de un dólar estadounidense para todos los pasajeros que compren tiquetes aéreos internacionales desde Colombia. La medida, consignada en un decreto del 19 de junio de 2026, aplica tanto a nacionales como a extranjeros y el dinero irá destinado al Fondo contra la Explotación Sexual de Niños, Niñas y Adolescentes. Las aerolíneas serán responsables de recaudar y transferir el impuesto de forma trimestral, con un período de 90 días para que ajusten sus sistemas antes de que entre en vigencia.
A partir de ahora, quienes compren un tiquete aéreo internacional desde Colombia tendrán un cobro adicional de un dólar estadounidense. El Gobierno nacional reglamentó esta medida a través del Decreto 0625 de 2026, expedido el 19 de junio pasado. No se trata de un impuesto nuevo: estaba previsto desde hace años en leyes anteriores, pero hasta ahora no había sido puesto en práctica.
El valor del tributo será equivalente a un dólar, convertido a pesos colombianos según la Tasa Representativa del Mercado que certifique la Superintendencia Financiera para el día de la compra. El pasajero verá reflejado ese cobro directamente en el precio final del tiquete internacional. La medida aplica a colombianos y extranjeros sin importar si residen o no en el país, aunque hay excepciones para quienes están en tránsito hacia otro destino y para el personal de las aerolíneas que viaja por razones de trabajo.
Las empresas aéreas nacionales e internacionales serán quienes recolecten el dinero en el momento de la venta. Tendrán la obligación de informar claramente en sus páginas web y durante el proceso de compra que ese cobro existe y cuánto cuesta. Cada trimestre deberán reportar y transferir los fondos recaudados al Fondo contra la Explotación Sexual de Niños, Niñas y Adolescentes, administrado por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.
El destino del dinero está claramente definido. Según el ICBF, todos los recursos ingresarán al fondo con el objetivo de financiar programas para prevenir y combatir la explotación sexual comercial de menores y el material de abuso sexual infantil. Es decir, cada dólar que pague un viajero contribuirá directamente a esta causa.
El decreto tendrá un período de transición de 90 días calendario desde su publicación en el Diario Oficial. Ese tiempo permitirá que las aerolíneas, plataformas de venta en línea y entidades públicas ajusten sus sistemas informáticos para cobrar, reportar y transferir el impuesto sin complicaciones. Después de ese plazo, el nuevo cobro será obligatorio en todos los tiquetes internacionales comprados en Colombia.
Fuente original: KienyKe - Portada
