Fiscalía se niega a suspender capturas contra integrantes del EGC en proceso de paz
La Oficina del Consejero de Paz autorizó la suspensión de órdenes de captura contra 29 integrantes del Ejército Gaitanista de Colombia para su traslado a zonas temporales a partir del 25 de junio. Sin embargo, la Fiscalía rechazó esta medida y advirtió que seguirá ejecutando capturas hasta verificar el cumplimiento real de los acuerdos de paz. Entre los implicados está Jovanis de Jesús Ávila Villadiego, alias Chiquito Malo, requerido en extradición por Estados Unidos.
Un pulso político emerge entre dos instituciones del Estado sobre cómo avanzar en el proceso de paz con el Ejército Gaitanista de Colombia. Mientras la Oficina del Consejero Comisionado de Paz ordenó la suspensión inmediata de las órdenes de captura contra 29 integrantes del grupo armado para facilitarles el traslado a Zonas de Ubicación Temporal (espacios transitorios bajo supervisión estatal), la Fiscalía General rechazó categóricamente ejecutar esa medida.
En un comunicado contundente, la Fiscalía argumentó que no puede renunciar a sus funciones de captura de criminales sin antes verificar que el grupo cumpla efectivamente con los compromisos de paz. Según la institución, la información entregada por el gobierno no es suficiente para garantizar que estos integrantes realmente se estén desmovilizando. La Fiscalía enfatizó que la suspensión de capturas "no puede depender únicamente de lo informado por miembros del grupo, sino que debe ser realizada por autoridades del Estado mediante un mecanismo claro, trazable y verificable".
El ente acusador estableció que recién a partir del 25 de junio de 2026, fecha en que inicie efectivamente el funcionamiento de estas zonas temporales, comenzarían los efectos de inmunidad. Pero incluso después de esa fecha, la Fiscalía advirtió que continuará sus investigaciones sin interrupciones y que la suspensión temporal de capturas no afecta sus competencias constitucionales para investigar, acusar y juzgar.
Un caso particular complica aún más la tensión institucional: Jovanis de Jesús Ávila Villadiego, alias Chiquito Malo, está incluido en el listado de 29 personas admitidas para las zonas temporales, pero también está requerido en extradición por Estados Unidos. La Corte Suprema ya aprobó su extradición en diciembre de 2025. Ante esto, la Fiscalía instó al presidente a "honrar los compromisos de cooperación judicial" en persecución de delitos trasnacionales, dejando implícito que la extradición del alias Chiquito Malo es un asunto de Estado que va más allá de acuerdos domésticos.
La Fiscalía también exigió verificación sobre avances reales en el desmantelamiento del grupo: desarticulación de estructuras armadas, entrega de armas, fin de hostigamientos contra civiles, ubicación de desaparecidos, y transformación de economías ilícitas en proyectos legales. Según la institución, las zonas temporales deben ser un medio para la desmovilización real, "no como el punto final del proceso ni como una habilitación general de movilidad".
Este desacuerdo institucional evidencia las complejidades de un proceso de paz que intenta balancear las exigencias de justicia penal con objetivos de pacificación. De un lado, la Oficina de Paz busca facilitar condiciones que permitan que el grupo se someta a la justicia. Del otro, la Fiscalía mantiene una posición cautelosa, insistiendo en que la seguridad jurídica debe sustentarse en verificaciones reales, no en buena fe declarativa.
Fuente original: The Archipielago Press


