ELN prolonga secuestro de cuatro funcionarios bajo un "juicio revolucionario" que no tiene validez legal
El Frente de Guerra Oriental del ELN anunció que mantendría secuestrados a cuatro funcionarios de la Fiscalía y la Policía mediante lo que llamó un "juicio revolucionario", imponiéndoles condenas de entre 32 y 60 meses de prisión. El Gobierno y la Defensoría rechazaron categóricamente esta decisión, afirmando que ningún grupo armado puede actuar como tribunal ni convertir un secuestro en una sentencia válida. El secuestro de estos funcionarios, cometido en mayo y julio de 2025 en Arauca, viola tanto la ley colombiana como el derecho internacional humanitario.
El ELN mantiene en cautiverio a cuatro funcionarios del Estado en Arauca, y ahora justifica su retención prolongada a través de lo que denominó un "juicio revolucionario". Una decisión que, desde cualquier ángulo legal, carece de validez y ha generado rechazo inmediato de las autoridades colombianas.
Los secuestrados son Jesús Antonio Pacheco Oviedo y Rodrigo Antonio López Estrada, del Cuerpo Técnico de Investigación de la Fiscalía, junto con Franque Esley Hoyos Murcia y Yordin Fabián Pérez Mendoza, policías adscritos a la Dirección de Investigación Criminal. Pacheco y López fueron retenidos el 8 de mayo de 2025 en Fortul, mientras que Hoyos y Pérez fueron capturados el 20 de julio en la vía entre Tame y Arauca.
El Frente de Guerra Oriental del ELN anunció que realizó un procedimiento interno contra estos cuatro hombres, acusándolos de espionaje y conductas en contra de la organización. Bajo esa supuesta "sentencia", la guerrilla impuso periodos de lo que llamó "prisión revolucionaria": 60 meses para Pacheco, 55 para López, 36 para Hoyos y 32 para Pérez. En otras palabras, simplemente decidió alargar indefinidamente el secuestro bajo una apariencia de legitimidad.
El ministro de Defensa, Pedro Sánchez, fue claro en su rechazo: el ELN no es una autoridad judicial ni representa al Estado, por lo tanto no puede imponer condenas. La Defensora del Pueblo, Iris Marín, fue más tajante aún, recordando que "hacer una especie de juicio no valida la privación de la libertad". Además señaló que el secuestro, la toma de rehenes y la privación arbitraria de libertad son delitos tanto en la legislación nacional como internacional.
Lo fundamental aquí va más allá del nombre que la guerrilla le dé a su procedimiento. El derecho internacional humanitario, específicamente el artículo 3 común de los Convenios de Ginebra, prohíbe explícitamente la toma de rehenes en conflictos armados. Lo que el ELN está haciendo es reinventar un crimen con palabras que suenen legales.
Por ahora, el Gobierno y la Defensoría exigen la liberación inmediata e incondicional de los cuatro funcionarios. La Defensoría también pidió al Estado reforzar el acompañamiento a las familias, que han expresado sentirse abandonadas durante este cautiverio. Mientras tanto, el caso depende de gestiones humanitarias e institucionales que puedan lograr lo que debe ser obvio: devolver la libertad a estos hombres.
Fuente original: KienyKe - Portada


