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Elecciones 2026: así será la asistencia para personas con discapacidad que quieran votar

Fuente: El Colombiano - Colombia
Elecciones 2026: así será la asistencia para personas con discapacidad que quieran votar
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La Registraduría confirmó que el 31 de mayo las personas con discapacidad física, visual, auditiva, intelectual o movilidad reducida podrán recibir apoyo para votar. Pueden ingresar acompañados por una persona de confianza al cubículo electoral, pero jurados y policías no podrán reemplazar ese acompañante. Habrá plantillas braille, traslado de urnas cuando sea necesario y orientación especializada según el tipo de discapacidad.

En las elecciones presidenciales del 31 de mayo de 2026, más de 41 millones de colombianos están habilitados para sufragar, pero para aquellos que viven con discapacidad la Registraduría ha preparado protocolos especiales que garanticen su derecho al voto sin obstáculos. La entidad ya tiene listo un plan detallado de medidas de accesibilidad que funcionarán tanto en los 13.489 puestos de votación dentro del país como en los 253 que estarán en el exterior.

Uno de los puntos clave es que las personas con limitaciones físicas, visuales, auditivas, intelectuales, psicosociales o sordoceguera podrán entrar acompañadas al cubículo de votación por alguien de su total confianza. Según la Ley 163 de 1994 y el decreto 0188 de 2026, esta persona de apoyo debe ser elegida libremente por el elector, y la ley es clara: "los ciudadanos que padezcan limitaciones y dolencias físicas que les impidan valerse por sí mismos, podrán ejercer el derecho al sufragio acompañados hasta el interior del cubículo de votación, sin perjuicio del secreto del voto". Lo importante es que ni jurados de votación, ni funcionarios electorales, ni policías podrán ocupar ese rol de acompañante.

La Registraduría también estableció que antes de brindar cualquier apoyo, las autoridades deben preguntarle a cada persona exactamente qué tipo de ayuda necesita y cómo prefiere recibirla. El protocolo es claro: "las autoridades electorales y de policía les prestarán toda la colaboración necesaria y darán prelación en el turno de votación a estas personas, pero en ningún caso podrán suplir la persona de confianza y acompañar al ciudadano al cubículo de votación".

Para las personas ciegas, los jurados están obligados a entregar plantillas en braille que permitan identificar las opciones en la tarjeta electoral mediante el tacto. Además, podrán ingresar con perros guía o animales de asistencia. Si alguien con movilidad reducida no puede llegar hasta su mesa porque hay barreras arquitectónicas, existe un protocolo de traslado temporal de urna hacia un lugar accesible, siempre verificando la identidad y garantizando el voto secreto.

Para ciudadanos sordos, los funcionarios deberán identificar previamente si la persona usa lengua de señas colombiana, lectura labial o escritura, y el protocolo recomienda hablar de frente, vocalizar con claridad y no cubrirse la boca. Las personas con discapacidad intelectual o psicosocial tendrán derecho a que se les explique cada paso de manera sencilla, y en el caso de sordoceguera se usarán apoyos como lengua de señas táctil o escritura en la palma de la mano.

Los puestos de votación también tendrán eliminación de barreras arquitectónicas, señalización clara de espacios accesibles, información comprensible y atención prioritaria durante todo el proceso. La Registraduría dejó establecido que los funcionarios deberán evitar conductas discriminatorias y respetar la autonomía de cada ciudadano.

Fuente original: El Colombiano - Colombia

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