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Dimayor castiga a Raúl Giraldo con multa de 45 millones por gestos provocadores hacia la hinchada del DIM

Fuente: Telemedellín

El Comité Disciplinario de la Dimayor impuso una multa de 45 millones 523 mil 530 pesos al mayor accionista del Independiente Medellín, José Raúl Giraldo Gómez. La sanción se generó por gestos provocadores que realizó hacia los aficionados durante el partido contra Águilas Doradas en la fecha 19 de la Liga BetPlay. El dirigente estuvo en una zona restringida del estadio Atanasio Girardot desde el minuto 85 y sus acciones aumentaron el riesgo de alteración del orden público.

La Dimayor no pasó por alto la conducta del mayor accionista del Independiente Medellín durante el compromiso ante Águilas Doradas. A través de la Resolución 051 de 2026, el Comité Disciplinario sancionó a José Raúl Giraldo Gómez con una multa equivalente a 26 salarios mínimos legales mensuales vigentes, lo que suma 45 millones 523 mil 530 pesos.

Según el informe del comisario del partido, Giraldo se mantuvo desde el minuto 85 en la denominada "Zona 1", un espacio restringido que solo debe ser usado por personal autorizado. Desde ahí realizó gestos provocadores dirigidos al público que estaba en las tribunas del estadio Atanasio Girardot. El Comité consideró que esta presencia del directivo en las inmediaciones del terreno de juego, junto con sus actuaciones posteriores, generaron una reacción inmediata de los aficionados y elevaron considerablemente el riesgo de que se alterara el orden público.

En su descargo, el Independiente Medellín reconoció expresamente que Giraldo estuvo en la zona restringida. El club argumentó que se trató simplemente de una reacción emocional producto de la tensión que genera un partido de fútbol profesional, y pidió que la conducta fuera evaluada considerando principios de proporcionalidad y razonabilidad.

Sin embargo, el Comité Disciplinario no aceptó esa justificación. Los organismos reguladores del fútbol profesional colombiano consideraron que los directivos tienen una responsabilidad mayor en el balompié profesional, por lo que rechazaron "de manera vehemente" los gestos realizados contra el público. La decisión de castigar a Giraldo se sustentó en dos infracciones: la permanencia no autorizada en zonas restringidas conforme al artículo 80 del Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol, y la provocación al público de acuerdo con el artículo 65 del mismo código.

Fuente original: Telemedellín

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