¿Deuda ancestral o privilegio indefinido? El debate que divide a Colombia

El concepto de "deuda ancestral" se invoca cada vez más para bloquear proyectos de infraestructura y exigir compensaciones, generando una tensión entre el reconocimiento legítimo de injusticias históricas y la pregunta sobre límites, responsabilidades y transparencia. En La Guajira, obras de energía renovable han sido paralizadas por disputas sobre consulta previa, mientras denuncias revelan desviación de recursos destinados a comunidades indígenas. El debate central es si estos derechos deben tener contrapesos y rendición de cuentas.
En Colombia, cuando aparece un proyecto de importancia nacional, casi con relojería emerge el reclamo de "deuda ancestral" o "deuda histórica". Autoridades indígenas, organizaciones y sus abogados lo usan como argumento prácticamente inapelable para exigir compensaciones, transferencias de recursos, poder de veto y territorios. Pero detrás de esos anuncios oficiales, muchos ciudadanos se hacen una pregunta que pocos se atreven a formular en público: ¿cuándo se termina de pagar esa deuda? ¿Y exactamente quiénes somos los responsables de pagarla?
La historia es clara en sus hechos brutales: despojo de tierras, genocidio y etnocidio durante la colonia. Eso sucedió, es real y nadie debería negarlo. El Estado colombiano tiene una responsabilidad institucional que cumplir en reparación. Pero aquí es donde surge la grieta en el argumento: reconocer una deuda histórica no puede traducirse en un cheque sin límite, sin destinatarios precisos y sin que nadie rinda cuentas. Lamentablemente, es exactamente lo que algunos sectores están reclamando hoy.
Miremos lo que ocurre en La Guajira. El departamento tiene un recurso valioso: vientos constantes. En tiempos de transición energética, eso representa una oportunidad que el país necesita para cumplir compromisos climáticos. Proyectos eólicos como Windpeshi contaban con consultas previas aprobadas por las comunidades, pero fueron bloqueados sistemáticamente por otras comunidades que también exigían ser consultadas y compensadas. El resultado fue devastador: obras paralizadas en más del 60%, pérdidas millonarias, proyectos abandonados. La pregunta legítima que emerge es si el derecho a la consulta previa se está usando como mecanismo real de protección o como herramienta de lucro personal.
El derecho a ser consultado existe y debe respetarse, eso no está en duda. Pero en la práctica, ese derecho no debería ser equivalente a un poder de veto absoluto sobre iniciativas de interés nacional, ni a la pretensión de propiedad exclusiva sobre todo un territorio departamental. En Colombia, los derechos constitucionales son universales y recíprocos. No pertenecen de manera exclusiva a ningún grupo específico.
Hay algo más preocupante: la forma en que se manejan los recursos transferidos. El Sistema General de Participaciones envía fondos específicos a resguardos indígenas con la intención de cerrar una deuda social. Pero en La Guajira la realidad es diferente. Está documentado que algunos líderes desvían esos dineros hacia beneficio personal y familiar, mientras menores wayúu mueren de desnutrición. Fue tan grave que la Corte Constitucional tuvo que obligar a municipios como Riohacha, Manaure, Maicao y Uribia a presentar reportes detallados a los órganos de control sobre dónde va cada peso. Cuando una corte tiene que intervenir de esa manera, es señal de que algo está seriamente fracturado, no solo en el Estado sino también en quienes reciben y administran esos recursos.
El punto de fondo es este: ¿desde qué principio jurídico o moral un ciudadano nacido siglos después de la Independencia, que paga impuestos, que no despojó a nadie y que también tiene necesidades sin resolver, debe cargar personalmente con una deuda de cinco siglos? La responsabilidad estatal existe y debe cumplirse, pero es del Estado como institución, financiada con los impuestos de todos, incluidas las propias comunidades que acceden a servicios públicos nacionales sin contribuir. Los derechos sin deberes correlativos no son derechos: son privilegios. La Constitución consagra diversidad cultural, pero eso significa diálogo entre iguales, no superioridad de una cultura ni exclusión del ciudadano mestizo, campesino o afrocolombiano que también habita el territorio. Las reparaciones históricas legítimas requieren justicia y transparencia, no impunidad ni marginación del otro.
Fuente original: Guajira News


