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Demandan en el Consejo de Estado la elección de representante guajiro por presunta inhabilidad

Fuente: La Guajira Hoy
Demandan en el Consejo de Estado la elección de representante guajiro por presunta inhabilidad
Imagen: La Guajira Hoy Ver articulo original

Un abogado guajiro presentó una acción de nulidad electoral contra Jorge Armando Figueroa Angarita, quien fue elegido Representante a la Cámara por La Guajira para 2026-2030. La demanda cuestiona si Figueroa cumplió con el plazo legal para renunciar a su cargo como Secretario de Desarrollo Económico del departamento. Según el demandante, debió haber dejado el puesto antes de que iniciara el proceso de inscripción de candidatos en noviembre de 2025, pero renunció hasta enero de 2025.

La tarde electoral en La Guajira sigue generando controversia. El abogado guajiro Fabián Vicente Cotes González presentó una acción de nulidad electoral ante el Consejo de Estado cuestionando la elección de Jorge Armando Figueroa Angarita como Representante a la Cámara por el departamento para el periodo 2026-2030. La demanda busca anular el Acta E-26 CAM emitida por la Comisión Escrutadora Departamental y, con ello, cancelar la credencial de Figueroa Angarita para que sea declarado electo el candidato que ocupó el segundo lugar en la lista del partido.

El centro del debate es si Figueroa Angarita incurrió en una inhabilidad al haber ejercido autoridad administrativa dentro de los plazos que la ley prohíbe. Figueroa ocupaba el cargo de Secretario de Desarrollo Económico de La Guajira hasta que renunció el 27 de enero de 2025, con aceptación del gobernador Jairo Alfonso Aguilar Deluque un día después. El problema, según Cotes González, es que debió haber renunciado mucho antes: antes del 8 de noviembre de 2024, cuando comenzó formalmente el proceso electoral con la inscripción de candidaturas.

Cotes González sustenta su argumento en que la ley electoral exige que los candidatos procedentes de la administración pública se retiren de sus cargos con al menos un año de anticipación al inicio del proceso electoral. Al haber permanecido en su puesto hasta enero de 2025, Figueroa habría ejercido autoridad administrativa dentro de los 12 meses previos, lo que configuraría la inhabilidad mencionada en la ley. El Consejo Nacional Electoral y la Registraduría Nacional del Estado Civil figuran como entidades accionadas por haber participado en las etapas del proceso electoral que hoy está siendo cuestionado judicialmente.

Estos plazos de renuncia no son arbitrarios. Buscan garantizar que todos los candidatos compitan en igualdad de condiciones y evitar que quienes ocupen cargos públicos usen su posición administrativa para ganar votos o influir indebidamente en el electorado. Es un mecanismo pensado para proteger el equilibrio democrático en las contiendas electorales.

Ahora le corresponde al Consejo de Estado analizar las pruebas presentadas, revisar la interpretación de los tiempos y definir si efectivamente se configuró la inhabilidad. Si encuentra que Figueroa incurrió en ella, podría anular su elección y modificar la representación de La Guajira en la Cámara de Representantes para el periodo que ya está en curso.

Fuente original: La Guajira Hoy

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