Corte Suprema rechaza denuncia de Benedetti contra siete congresistas que cuestionaron su nombramiento
La Corte Suprema negó la demanda del ministro del Interior Armando Benedetti por injuria y calumnia contra siete congresistas que lo denunciaron públicamente en febrero de 2025. El tribunal respaldó que las legisladoras actuaron dentro de sus funciones constitucionales al ejercer control político y criticar el nombramiento. La Corte además ordenó que se remitan copias del fallo a la Procuraduría y Defensoría del Pueblo para que evalúen las denuncias que las congresistas habían hecho en contra del ministro.
La Corte Suprema de Justicia cerró la puerta a la demanda que había interpuesto el ministro del Interior Armando Benedetti contra siete congresistas. El tribunal rechazó los cargos por injuria y calumnia que el funcionario había presentado, en una decisión que toca temas sensibles como el alcance del control político y la libertad de expresión en el Congreso.
Todo comenzó cuando un grupo de legisladoras publicó una carta el 24 de febrero de 2025 rechazando el nombramiento de Benedetti como ministro del Interior. En ese documento, Catherine Juvinao, Julia Miranda, Lina María Garrido, Marelen Castillo, Carolina Giraldo, Katherine Miranda y Jennifer Pedraza cuestionaron públicamente su designación, citando investigaciones por presuntos hechos de corrupción e hicieron alusión a comportamientos que calificaron como misóginos, machistas y promotores de violencia contra la mujer.
Benedetti consideró que esas afirmaciones lo lesionaban y lo difamaban, así que acudió a los juzgados. Sin embargo, la Corte Suprema estudió el caso a fondo, revisando publicaciones en medios, redes sociales y pronunciamientos públicos, y llegó a una conclusión diferente a la que el ministro esperaba. El tribunal determinó que las congresistas estaban ejerciendo legítimamente sus funciones constitucionales.
Según el fallo, los legisladores tienen el derecho y la obligación de criticar las decisiones del Ejecutivo en representación de quienes los eligieron. El tribunal subrayó que pueden hacer control político incluso fuera de los escenarios formales del Congreso, y que los altos funcionarios del Estado están sujetos a este tipo de escrutinio público, tal como lo manda la Constitución y el Estatuto de la Oposición Política. La Corte también señaló que cuando las congresistas mencionaron episodios de la vida personal de Benedetti, simplemente replicaban información que ya circulaba en medios de comunicación y redes sociales.
Katherine Miranda, una de las demandadas, celebró el fallo diciendo: "Decir la verdad y defender a las mujeres no es delito". Con esta decisión, la Corte no solo cerró el proceso legal, sino que además ordenó remitir copias del fallo a la Procuraduría y a la Defensoría del Pueblo para que evalúen los señalamientos que las congresistas habían formulado contra el ministro del Interior.
Fuente original: KienyKe - Portada