Corte Suprema ratifica 28 años de cárcel para Santiago Uribe por caso 'Los 12 apóstoles'
La Corte Suprema de Justicia confirmó la condena de 28 años y tres meses contra Santiago Uribe Vélez, hermano del expresidente Álvaro Uribe, por su participación en crímenes de la organización paramilitar 'Los Doce Apóstoles'. El tribunal determinó que la hacienda La Carolina, propiedad de la familia Uribe, funcionó como centro operativo del grupo criminal y responsabilizó directamente al ganadero por el homicidio de Camilo Barrientos Durán. La sentencia es definitiva e imprescriptible, al considerarse crímenes de lesa humanidad.
Con este fallo, la Corte Suprema de Justicia cierra uno de los procesos judicales más largos que ha conocido Antioquia. Ratificó la sentencia de 28 años y tres meses de cárcel contra Santiago Uribe Vélez, el ganadero hermano del expresidente Álvaro Uribe, revirtiendo así la absolución que había dictado un juzgado especializado a finales de 2024. El Tribunal Superior de Antioquia ya había cuestionado esa absolución, y ahora la máxima instancia en lo penal respalda completamente esa decisión.
Lo determinante en esta sentencia fue cómo la Corte analizó el conjunto de pruebas en lugar de evaluarlas de forma aislada. Esa visión integral del material probatorio dejó establecida, según los magistrados, la responsabilidad penal de Uribe Vélez en dos delitos graves: homicidio agravado y concierto para delinquir agravado. La clave estuvo en demostrar que la hacienda La Carolina, ubicada en Yarumal, no era una simple propiedad ganadera, sino el corazón operativo de 'Los Doce Apóstoles'. Reportes de la policía judicial confirmaron que en ese lugar se realizaban reuniones entre mandos medios, civiles y miembros de la fuerza pública, además de funcionar como centro de adiestramiento paramilitar con sistemas de radiocomunicación ilegal.
La Corte responsabilizó directamente a Santiago Uribe por el asesinato de Camilo Barrientos Durán bajo la figura de coautoría impropia. Los magistrados determinaron que este crimen fue parte de un plan sistemático de exterminio y no una riña aislada, justamente porque la víctima estaba en un listado de presuntos colaboradores de la guerrilla que el grupo marcó para eliminar.
El tribunal también zanjó un debate importante sobre la credibilidad de los testigos. La defensa había intentado desacreditar el testimonio de Eunicio Pineda Luján, un antiguo ordeñador de la región, argumentando que padecía esquizofrenia. Pero la Corte, basándose en dictámenes de Medicina Legal, concluyó que Pineda gozaba de plena capacidad mental para declarar. Además, sus afirmaciones coincidían en los puntos clave con otros testigos como Juan Carlos Meneses y Alexander Amaya, lo que le daba más solidez a su declaración.
Los magistrados rechazaron categóricamente la teoría de la defensa sobre una supuesta conspiración internacional en contra de la familia Uribe. Calificaron esos argumentos de "meras especulaciones sin sustento en el expediente". Al clasificar los actos de 'Los Doce Apóstoles' como ataques sistemáticos contra civiles en Antioquia, la Corte determinó que estos son crímenes de lesa humanidad, lo que significa que jamás prescribirán. La sentencia es, pues, definitiva e irrevocable.
Fuente original: Hora 13 Noticias


