Corte Suprema mantiene en prisión a Name y Calle: rechaza libertad por vencimiento de términos

La Corte Suprema negó la solicitud de libertad de los expresidentes del Congreso Iván Name y Andrés Calle, acusados en el escándalo de la UNGRD. Aunque sus abogados argumentaban que habían transcurrido más de seis meses desde la acusación sin juicio, el tribunal determinó que el plazo legal se duplica a 12 meses por la necesidad de obtener testimonios en el exterior. La complicación principal es lograr una declaración de Carlos Ramón González, quien se encuentra asilado en Nicaragua.
La justicia colombiana mantiene tras las rejas a dos de los rostros más visibles de los últimos escándalos políticos. La Corte Suprema de Justicia rechazó nuevamente las solicitudes de libertad presentadas por Iván Name y Andrés Calle, ambos procesados por cohecho impropio y peculado agravado en el caso UNGRD.
Los abogados de los expresidentes del Congreso, Jaime Lombana y Santiago Trespalacios respectivamente, presentaron sus peticiones los días 8 y 9 de abril. El argumento era directo: desde que la acusación quedó en firme el 7 de octubre de 2025, habían pasado más de seis meses sin que se celebrara el juicio. Para ellos, ese tiempo vencido les daba derecho a la libertad inmediata. Además, insistían en que este retraso no provenía de ninguna estrategia dilatoria de su parte.
Sin embargo, el magistrado Jorge Emilio Caldas Vera consideró que el plazo de seis meses que invocaban no aplica en este caso en particular. Según la Ley 600, el término se duplica hasta 12 meses cuando hay pruebas decretadas en el exterior o se espera su traslado. Y aquí está el nudo del asunto: la Corte debe obtener el testimonio de Carlos Ramón González, quien actualmente se encuentra asilado en Nicaragua como prófugo de la justicia. "No fue posible contactar al testigo debido a su calidad de prófugo de la justicia asilado en un país extranjero, estableciendo que es solo a través de su abogado que se puede citar a las distintas diligencias judiciales en las que es requerido", explicó el tribunal.
Coordinar con autoridades extranjeras o con los consulados colombianos para recibir una declaración de alguien en esas condiciones, ya sea de manera virtual o presencial, genera lo que la Corte describió como una "mayor dificultad" y un "esfuerzo logístico" considerable. El investigador del CTI asignado al caso apenas logró recibir un informe al respecto el 13 de abril de 2026, después de varios intentos fallidos de ubicación que comenzaron en marzo.
A esto se suman otros factores que justifican la ampliación del plazo. El expediente es masivo: la Sala de Instrucción remitió 30 cuadernos y nada menos que 5.638 folios de documentación. El receso judicial de diciembre también frenó el análisis del caso. Y las múltiples solicitudes previas de libertad y nulidades obligaron a suspender el análisis principal del juicio para resolver esos pedimentos.
La conclusión es contundente: según la Corte, el término aplicable es de 12 meses, y ese plazo aún no se ha cumplido. Name y Calle pueden intentar un último recurso de reposición o apelación, pero mientras eso sucede, continuarán privados de la libertad en centros carcelarios durante la etapa de juzgamiento.
Fuente original: El Colombiano - Colombia
