Corte Suprema advierte: la paz no puede ignorar compromisos internacionales del país

La Fiscalía decidió mantener las órdenes de captura contra 29 integrantes del Clan del Golfo que negocian con el Gobierno, aunque facilitará su traslado a zonas temporales. La Corte Suprema alertó que cualquier suspensión de capturas debe respetar los tratados internacionales y obligaciones de cooperación judicial. El presidente tiene la potestad final sobre las extradiciones, pero no puede actuar al margen de compromisos globales.
El proceso de paz que el Gobierno adelanta con grupos armados choca de frente con una realidad incómoda: el país tiene obligaciones internacionales que cumplir y no puede simplemente hacer a un lado las órdenes de captura de quienes están negociando. Eso quedó claro cuando la Fiscalía General decidió no suspender las capturas contra 29 miembros del Clan del Golfo que participan en los diálogos, aunque sí ayudará a trasladarlos a las Zonas de Ubicación Temporal donde se concentran las estructuras armadas en estas negociaciones.
El magistrado Carlos Roberto Solórzano, presidente de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, fue directo al hablar sobre esto en entrevista con La FM. Explicó que la complejidad viene de que se mezclan dos cosas: las decisiones políticas del proceso de paz y los compromisos que Colombia tiene con otros países en temas de justicia. "Hay unos compromisos internacionales que se tienen que cumplir", insistió varias veces durante la conversación.
Lo que pasó fue que el comisionado de paz emitió una resolución ordenando que se trasladara a los integrantes del Clan del Golfo a esas zonas temporales. La Fiscalía lo cuestionó porque consideró que primero había que verificar si eso era legalmente viable antes de tomar decisiones sobre suspender capturas. Solórzano respaldó esa posición: no se pueden crear condiciones jurídicas especiales si la ley no lo permite, sobre todo cuando hay personas con procesos de extradición en marcha.
Un caso que ilustra el problema es el de alias "Chiquito Malo", quien ya tiene concepto favorable de extradición emitido por la propia Corte. Mientras negocia con el Gobierno, esa orden internacional sigue vigente. El dilema es evidente: ¿cómo se suspende su captura sin violar los tratados y la cooperación judicial que Colombia mantiene con otras naciones?
Solórzano aclaró cómo funciona el proceso de extradición. La Sala de Casación Penal estudia cada caso y emite su concepto. Si es negativo, no hay extradición. Si es favorable, la bola pasa al presidente de la República, quien decide finalmente si entrega o no a la persona. Pero incluso esa decisión presidencial debe respetarse los tratados internacionales y las normas del Código de Procedimiento Penal. "La decisión final es del presidente, pero hay obligaciones internacionales", resumió el magistrado.
La Corte ha mantenido contacto con el Gobierno a través de la Cancillería y el Ministerio de Justicia para coordinar estos temas. Solórzano dejó claro que están analizando caso por caso y cumpliendo tanto las leyes nacionales como los compromisos internacionales. Es decir: la paz es importante, pero no puede construirse pisoteando los acuerdos que el país tiene firmados con el mundo.
Fuente original: La FM - Colombia


