Corte ordena devolver 25 mil millones de pesos por impuestos de la emergencia económica
La Corte Constitucional tumbó el decreto de emergencia económica de diciembre 2025 y ordenó a la DIAN devolver aproximadamente 25 mil millones de los 1,6 billones de pesos recaudados. Para los impuestos directos, los contribuyentes deben solicitar la devolución de manera manual ante la autoridad. En el caso de impuestos indirectos como el IVA a licores y juegos de azar, la DIAN debe diseñar un mecanismo especial de reembolso para el ciudadano común.
La Corte Constitucional metió el freno a la emergencia económica decretada en diciembre pasado. El tribunal declaró inexequible esta medida y ordenó a la DIAN que comience el proceso de devolución de aproximadamente 25 mil millones de pesos de los 1,6 billones que logró a recaudar durante el tiempo que estuvo vigente.
Ahora bien, el proceso de recuperar esa plata no será automático ni rápido para todos. Marcela García, abogada especialista en Derecho Tributario, explica que "Para aquellos contribuyentes que presentaron y declararon alguno de los impuestos directos, deben iniciar a través de una solicitud, es un procedimiento que inicia a solicitud de parte esto quiere decir que no es automático la autoridad no va a hacer devoluciones automáticas, yo debo presentar una solicitud ante la autoridad".
Esto quiere decir que si usted pagó impuestos como renta o patrimonio durante la emergencia, tendrá que meter una solicitud ante la DIAN por su propia cuenta. La autoridad no se va a comunicar con usted para devolverle la plata.
El asunto se complica más con los impuestos indirectos. Para el IVA cobrado en licores y juegos de azar, la Corte le encargó a la DIAN idear un mecanismo completamente nuevo de devolución dirigido a los ciudadanos del común. García advierte que esto es un reto de envergadura: "La autoridad tributaria tiene la obligación de establecer un procedimiento que hasta ahora no hemos visto algo similar. Tal vez podríamos tener unos puntos de IVA a favor y demás, pero tiene una gran dificultad de un reto, la autoridad tributaria de determinar cuál va a ser la forma en la que se va a hacer la devolución".
Hay una buena noticia en el fallo: los contribuyentes que aprovecharon alivios tributarios mientras estuvo vigente la emergencia económica no resultan afectados por esta decisión de la Corte.
Fuente original: Telemedellín

