Corte frena prohibición de símbolos patrios en campaña de De la Espriella

La Corte Suprema de Justicia suspendió provisionalmente la orden que obligaba al candidato Abelardo de la Espriella a retirar símbolos patrios de su campaña, incluyendo la consigna "Firmes por la patria". Dos magistrados cuestionaron que el Tribunal Superior de Bogotá no hubiera sustentado adecuadamente la medida y consideraron que eso podría constituir censura previa. La decisión es provisional mientras se resuelve de fondo el litigio, y ya hay cerca de 20 tutelas relacionadas con el mismo caso.
Después de advertir públicamente que no acataría la orden, el candidato presidencial Abelardo de la Espriella finalmente no tendrá que hacerlo. La Corte Suprema de Justicia frenó la medida que le impedía usar símbolos nacionales, la bandera y eslóganes como "Firmes por la patria" en su campaña electoral. Con esta decisión, de la Espriella podrá continuar con su identidad visual intacta mientras el alto tribunal analiza el fondo del asunto.
El giro judicial llegó cuando más lo necesitaba el candidato. Dos magistrados de la Sala de Casación Laboral emitieron decisiones el mismo día ordenando detener provisionalmente los efectos de la prohibición que había impuesto el Tribunal Superior de Bogotá. El magistrado Rafael Chavarro Poveda había decretado el 9 de junio que toda la propaganda de campaña con símbolos patrios, banderas, escudos nacionales, imágenes de militares y expresiones como "Defensores de la Patria" debía ser retirada de inmediato.
El abogado de de la Espriella, Germán Calderón España, argumentó ante la Corte que cumplir esa orden en plena recta final electoral era prácticamente imposible. Aseguró que significaría desaparecer la esencia misma de su campaña, desde el nombre del movimiento hasta sus mensajes políticos y eslóganes. Lo más grave, según su defensa, es que aunque luego la Corte le diera la razón, el daño electoral ya sería irreversible pocos días antes de las votaciones.
El magistrado Víctor Julio Usme Perea cuestionó la decisión original por considerarla insuficientemente justificada. Criticó que el Tribunal Superior ordenara retirar toda la propaganda de manera generalizada sin identificar cuáles piezas concretas violaban la ley, dejándole al candidato la responsabilidad de definir qué debía eliminar. La magistrada Marjorie Zúñiga Romero fue más allá al advertir que ordenar el retiro anticipado de propaganda podría constituir "censura previa" que no corresponde a un juez de tutela. Además, señaló que el Consejo Nacional Electoral ya había aprobado oficialmente la marca "Defensores de la Patria" mediante resolución, lo que refuerza su legalidad. También aclaró que el saludo castrense no puede equipararse a un símbolo patrio y no existe prohibición legal para que particulares lo usen en contextos políticos.
Hay que dejar claro que esta decisión de la Corte Suprema es provisional. Los magistrados no han resuelto aún si realmente hubo un uso indebido de símbolos nacionales. Ese debate continuará en los próximos días. Lo que sí está sucediendo es que a la Sala Laboral han llegado alrededor de 20 tutelas relacionadas con este mismo episodio, y los primeros fallos han coincidido en suspender la orden del Tribunal Superior, consolidando una tendencia judicial favorable a la campaña de de la Espriella.
Fuente original: El Colombiano - Colombia

