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Corte Constitucional reconoce doble licencia de maternidad para parejas lesbianas: un fallo histórico

Fuente: El Colombiano - Colombia
Corte Constitucional reconoce doble licencia de maternidad para parejas lesbianas: un fallo histórico
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La Corte Constitucional falló a favor de Paola, una trabajadora de la salud que fue discriminada por su EPS al negarle licencia de maternidad cuando ella era la madre lactante en una pareja de dos mujeres. El tribunal determinó que el sistema legal sigue anclado en modelos tradicionales de familia y ordenó reconocer licencias simultáneas cuando sea necesario. El fallo también exhorta al Congreso a diseñar un nuevo marco legal que reconozca la pluralidad de familias y garantice corresponsabilidad en el cuidado.

En un fallo que marca un punto de quiebre en la jurisprudencia colombiana, la Corte Constitucional acaba de reconocer la doble licencia de maternidad para familias conformadas por dos mujeres. La decisión llegó tras una larga batalla legal impulsada por Paola, una trabajadora del sector salud que enfrentó un rechazo sistemático de sus derechos reproductivos y laborales.

La historia de Paola es la de muchas parejas lesbianas en el país. Ella y su compañera decidieron formar una familia mediante técnicas de reproducción asistida. En el proceso, Paola aportó los óvulos mientras su pareja llevó adelante el embarazo. Todo parecía estar en orden hasta que nació su hijo, quien además era prematuro. La complicación llegó cuando la madre gestante quedó incapacitada por complicaciones del parto, justo cuando más se necesitaba el apoyo en casa. Paola entonces se sometió a un proceso hormonal para inducir la lactancia y asumir el cuidado total del recién nacido. Aquí comenzó el calvario administrativo.

La EPS Sanitas simplemente le negó la licencia de maternidad. Como si nada. Le otorgaron automáticamente una licencia de paternidad de apenas dos semanas, argumentando que bajo la ley vigente no podían coexistir dos licencias de maternidad simultáneas. El sistema no tenía categoría para una mujer que amamantaba a su hijo. No sabía cómo clasificarla, así que la clasificó mal.

Este rechazo obligó a Paola a meterse en un laberinto jurídico. Primero el Tribunal Superior de Bogotá negó su reclamación. Luego llegó a la Corte Constitucional, que fue donde finalmente encontró justicia. En la Sentencia SU-068/26, el tribunal máximo fue claro: el régimen legal colombiano opera sobre un modelo tradicional de familia que no reconoce la pluralidad de los hogares actuales. Cuando la EPS le asignó una "licencia de paternidad" a una mujer, no solo cometió un error administrativo, sino que actuó movida por estereotipos de género que invisibilizan familias como la de Paola.

Lo que estableció la Corte es tan importante como lo que ordenó. Primero, le exigió al hospital donde trabaja Paola mantener todas las garantías de ley para las personas lactantes hasta que el niño cumpla dos años. Segundo, aclaró que las semanas de licencia compartida pueden usarse de manera simultánea con las semanas obligatorias de la madre gestante cuando haya incapacidades o arreglos de cuidado que lo justifiquen. Esto rompe la idea arcaica de que los cuidados deben ser sucesivos y no conjuntos.

Pero lo más trascendental fue el llamado directo al Congreso de la República. La Corte le pidió que "asuma la tarea de diseñar un modelo que reconozca la pluralidad de las familias, garantice la corresponsabilidad equitativa y avance en la comprensión de las licencias parentales como una manifestación del derecho fundamental al cuidado". No es solo un regaño a una EPS, es una invitación a reimaginar cómo el Estado entiende la familia y el trabajo en Colombia. El objetivo es claro: transitar hacia un modelo donde el Estado no imponga roles basados en el género, sino que facilite el bienestar del menor y la estabilidad laboral de quienes lo cuidan.

Fuente original: El Colombiano - Colombia

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