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Corte Constitucional ordena reintegrar a mujer despedida por estar en lactancia

Fuente: Hora 13 Noticias

La Corte Constitucional falló a favor de una trabajadora que fue desvinculada mientras amamantaba a su hijo, estableciendo que la lactancia no puede ser motivo de exclusión laboral incluso en contratos por prestación de servicios. El tribunal ordenó su reintegro, el pago de salarios adeudados y sentó un precedente nacional que obliga a empresas públicas y privadas a proteger estos derechos fundamentales. La decisión abre camino para que miles de mujeres colombianas bajo modalidades contractuales similares reclamen protección.

La Corte Constitucional de Colombia acaba de dar un golpe decisivo en defensa de los derechos de las madres trabajadoras. A través de la Sentencia T-014 de 2026, el alto tribunal determinó que ninguna empresa puede desvincularse de una trabajadora simplemente porque está en período de lactancia, sin importar qué tipo de contrato tenga. Es un fallo que cambia las reglas del juego en un país donde muchas mujeres laboran bajo contratos de prestación de servicios, frecuentemente sin las garantías que merecen.

El caso que originó esta sentencia es claro y desgarrador: una mujer fue desvinculada el 31 de enero de 2025 mientras amamantaba a su hijo y tenía certificado médico que lo probaba. Su defensa estuvo en manos de Carolina Tejada Guerrero, quien entendió desde el principio que esto no era un simple asunto contractual. "Desde el inicio entendí que no era un caso contractual ordinario, sino un caso de discriminación que exigía un análisis constitucional serio", explicó Tejada sobre cómo abordó la estrategia legal.

La Corte fue contundente en su análisis: la protección constitucional de la maternidad y la lactancia no se esfuma cuando termina un contrato. Si la lactancia está debidamente comprobada, esa protección puede extenderse materialmente hasta los dos años. El tribunal dejó clara una verdad fundamental: no se puede usar la modalidad contractual como un ardid para vulnerar derechos que son fundamentales en la Constitución.

Las consecuencias prácticas del fallo son importantes. La Corte no solo revocó los fallos anteriores, sino que ordenó el reintegro de la trabajadora, el pago de los salarios que dejó de percibir y que se adopten medidas para evitar que esto vuelva a pasar. Tanto entidades públicas como empresas privadas ahora tendrán que evaluar sus decisiones bajo criterios de igualdad y protección reforzada.

Para Tejada, esta sentencia significa un cambio estructural en cómo se entiende el derecho laboral en Colombia. "La Sentencia T-014 de 2026 envía un mensaje contundente: la protección de la maternidad y la Lactancia Exclusiva es un mandato constitucional que obliga tanto al Estado como a los particulares", expresó la abogada. Es un precedente que probablemente resonará en miles de casos similares en todo el país, especialmente entre las mujeres que trabajan sin protección social robusta.

Fuente original: Hora 13 Noticias

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