Corte Constitucional ordena liberar al exgobernador de La Guajira Jorge Pérez Bernier
La Corte Constitucional anuló la orden de captura inmediata contra el exgobernador Jorge Eduardo Pérez Bernier al considerar que se vulneraron sus derechos a la libertad personal y al debido proceso. El tribunal revocó sentencias anteriores de la Corte Suprema y ordenó su liberación inmediata, aunque la Sala Penal tiene 48 horas para decidir si lo mantiene privado de la libertad mientras se tramita el caso.
Un fallo de la Corte Constitucional acaba de cambiar la situación legal del exgobernador de La Guajira Jorge Eduardo Pérez Bernier. El alto tribunal determinó que la orden de captura inmediata en su contra violaba sus derechos fundamentales, específicamente el derecho a la libertad personal y al debido proceso. Por eso decidió dejar sin efecto esa orden y conceder el amparo constitucional que el exmandatario había solicitado.
La decisión del tribunal constitucional revocó lo que había fallado la Corte Suprema el pasado 23 de julio de 2025, cuando su Sala de Casación Laboral confirmó una sentencia anterior. También dejó sin efectos parte de lo que había decidido la Sala Penal de la Corte Suprema el 9 de abril de 2025, pero únicamente en lo relacionado con la captura inmediata de Pérez Bernier.
Ahora bien, el asunto no termina aquí. La Corte Constitucional le ordenó a la Sala Penal de la Corte Suprema que en un plazo máximo de 48 horas emita una nueva decisión debidamente justificada sobre si mantiene a Pérez Bernier privado de la libertad mientras avanza el proceso penal en su contra. Esta nueva evaluación deberá seguir los criterios establecidos en la sentencia SU-220 de 2024.
Mientras tanto, Pérez Bernier quedó en libertad inmediata una vez se notifique formalmente esta decisión, siempre y cuando no exista alguna otra orden judicial vigente que justifique su detención.
De paso, la Corte Constitucional hizo un exhorto a las salas de tutela de la Corte Suprema para que unifiquen sus criterios jurisprudenciales sobre cuándo proceden las acciones de tutela, siguiendo los lineamientos de la sentencia SU-220 de 2024 y esta nueva providencia.
Fuente original: Diario del Norte

