Corte Constitucional mantiene en suspenso fallo sobre reforma de pensiones después de cuatro meses

La Corte Constitucional aún no resuelve la constitucionalidad de la Ley 2381 de 2024 que reforma el sistema de pensiones con cuatro pilares diferentes. Mientras tanto, adultos mayores que reciben subsidios de 230 mil pesos están en incertidumbre sobre si perderán este beneficio. Además, el Consejo de Estado mantiene suspendido el incremento del salario mínimo del 23.7% que el gobierno decretó, perjudicando a trabajadores asalariados durante los primeros cuatro meses del año.
Llegamos al cuarto mes de 2024 y la Corte Constitucional aún no ha definido si la Ley 2381 de 2024, que reforma el sistema integral de protección social, es constitucional o no. Esta ley establece cuatro pilares para las pensiones: uno solidario que ampara a adultos mayores en pobreza extrema, otro semicontributivo para quienes cotizan pero no logran pensionarse, el contributivo para trabajadores que cotizan por salario, y uno de ahorro voluntario.
El pilar solidario es especialmente importante porque beneficia a personas de la tercera edad en vulnerabilidad absoluta. Gracias a la ley, estos adultos mayores pasaron de recibir 80 mil pesos a 230 mil pesos mensuales. Pero aquí está la angustia: si la Corte Constitucional declara la ley inexequible, esos subsidios desaparecerían.
Mientras la Corte dilata su decisión, hay otro problema igual de grave en el Consejo de Estado. El gobierno del presidente Gustavo Petro fijó el salario mínimo en 1.750.905 pesos mediante decreto, con un incremento del 23.7%, lo que sumado al auxilio de transporte llega a dos millones. Pero la medida fue demandada y hace diez días el Consejo de Estado confirió la suspensión provisional. Resultado: los trabajadores asalariados no han recibido ese aumento durante cuatro meses de 2024.
Lo preocupante es que el Consejo de Estado no tiene facultad legal para fijar salarios mínimos ni para modificarlos por nulidad de decretos. Esa es responsabilidad del gobierno. Sin embargo, su suspensión provisional congela el beneficio para los trabajadores. Históricamente, incrementos similares o superiores se han decretado sin que merecieran demandas. En la administración del presidente Virgilio Barco se aprobaron aumentos del 26 y 27 por ciento.
En cuanto a la ley de pensiones, la situación es confusa. Existe un proyecto de fallo desde septiembre del año pasado que ha generado disputas entre magistrados. El primer magistrado ponente, Jorge Enrique Ibáñez Najar, proyectó un fallo negativo contra la ley, pero no logró mayoría. Luego fue recusado, se designó un conjuez que también fue recusado sin éxito, y la sentencia sigue pendiente.
Lo que genera preocupación es que esta demora ya supera siete meses en la plenaria de la Corte Constitucional. La ley fue demandada por la senadora Paloma Valencia. Mientras tanto, miles de adultos mayores viven en incertidumbre sobre si perderán sus subsidios mensuales de 230 mil pesos, dinero que para muchos es la diferencia entre comer o no comer.
Tanto la dilación en el Consejo de Estado como en la Corte Constitucional perjudica a ciudadanos que dependen de estos fallos: trabajadores que no reciben su incremento salarial merecido y adultos mayores cuya subsistencia está en riesgo.
Fuente original: Guajira News


