Corte Constitucional le quita autonomía presupuestal al CNE que Petro le había dado

La Corte Constitucional declaró inexequibles los artículos del Plan de Desarrollo que le habían otorgado autonomía presupuestal al Consejo Nacional Electoral. El tribunal consideró que estas normas violaban el principio de unidad de materia al no tener conexión con los objetivos del plan. La decisión entrará en vigor desde el 1 de enero de 2027 para evitar impactos en año electoral, y el Congreso aún puede modificar el esquema si lo considera.
La Corte Constitucional le cerró el grifo a una de las decisiones que el gobierno de Gustavo Petro había tomado para fortalecer al Consejo Nacional Electoral. En un fallo unánime, el alto tribunal declaró inexequibles dos artículos del Plan de Desarrollo que le habían dado autonomía presupuestal al CNE y facultades especiales a su presidente para contratar y ordenar gastos.
La decisión no fue menor. Desde el primero de enero de 2027, el CNE dejará de tener una sección independiente en el Presupuesto General de la Nación. En otras palabras, volverá al esquema anterior donde su presupuesto depende de lo que le asigne la Registraduría Nacional del Estado Civil.
¿Por qué tumba la Corte estas normas? El tribunal encontró que los artículos 336 y 337 del Plan de Desarrollo violaban un principio jurídico llamado unidad de materia. En términos sencillos, esto significa que una ley debe tratar temas relacionados: no se puede meter cambios de derecho civil en una ley de derecho penal, así como no se puede cambiar toda la estructura presupuestal del CNE dentro de un plan de desarrollo. La Corte concluyó que estos artículos "no tenían conexidad directa alguna con el objetivo, la meta, el plan" que Petro había presentado.
El magistrado Juan Carlos Cortés fue quien redactó la sentencia, que se denominará C-116 de 2026 cuando sea firmada oficialmente. Cabe anotar que Vladimir Fernández, el exsecretario jurídico de Presidencia que Petro propuso para la Corte, se declaró impedido para participar en la votación porque había trabajado en la expedición del Plan de Desarrollo. Igual hizo el procurador general Gregorio Eljach, quien fue secretario del Senado durante el trámite de la ley.
Ahora bien, aunque la Corte declaró inexequibles los artículos, moduló los efectos de la decisión para evitar un caos administrativo en año electoral. Por eso la medida empezará a regir desde el 2027, lo que da tiempo a que el Ministerio de Hacienda, la Registraduría, el CNE y el Departamento Nacional de Planeación coordinen "las adecuaciones normativas e institucionales que se requieran".
Lo interesante es que la puerta no se cierra completamente. El Congreso sigue teniendo la potestad de modificar el régimen presupuestal del CNE si lo considera necesario. De momento, lo que está claro es que regresa a funcionarios como Cristian Quiroz, actual presidente del Consejo, al esquema presupuestal de antes, aunque con la posibilidad de que el Legislativo rediseñe todo si así lo quiere.
Fuente original: La FM - Colombia