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Corte Constitucional evita juzgar el "decretazo" de Petro tras su derogación

Fuente: KienyKe - Portada

La Corte Constitucional decidió no pronunciarse sobre el acto con el que el presidente Petro intentó convocar una consulta popular nacional en 2025, a pesar de que el Senado lo había rechazado. El tribunal se inhibió de estudiar el caso porque el Gobierno derogó el decreto antes de que hubiera sentencia. Aunque la decisión evita un choque institucional sin precedentes, el debate sobre los límites entre el Ejecutivo y el Legislativo queda en el aire.

La Corte Constitucional le cerró la puerta a un pronunciamiento que habría dejado cicatrices profundas en la institucionalidad del país. Por unanimidad, la Sala Plena decidió no estudiar de fondo el famoso "decretazo" con el que el presidente Gustavo Petro intentó convocar a una consulta popular nacional en 2025, desafiando expresamente el rechazo que ya había dado el Senado de la República. La razón fue técnica pero definitiva: desapareció el objeto del proceso cuando el Gobierno derogó el decreto el 24 de junio de ese mismo año.

Todo comenzó cuando la reforma laboral se hundió en la Comisión Séptima del Senado. El Ejecutivo no se dio por vencido e intentó dar la vuelta apelando a lo que sus asesores jurídicos, como el exministro Eduardo Montealegre, llamaban "excepción de inconstitucionalidad". La idea era convencer a los ciudadanos en las urnas sobre los puntos que el Congreso rechazaba. Fue un gesto sin precedentes: nunca antes un Gobierno había lanzado una consulta popular de alcance nacional ignorando así, de manera tan explícita, el veto del Legislativo. Políticos y juristas no tardaron en calificar la medida como "abiertamente arbitraria" y el debate nacional se encendió sobre dónde están exactamente los límites entre el Presidente y el Congreso.

Pero la reforma laboral tuvo una segunda oportunidad. Pocos días después de emitido el decreto, el proyecto revivió en el Congreso mediante una apelación y fue finalmente aprobado. Eso cambió todo. El Gobierno decidió derogar el acto administrativo 0639, dejando al tribunal constitucional en una posición incómoda. El magistrado ponente, Jorge Enrique Ibáñez, había considerado incluso declarar el decreto ilegal a pesar de su derogación, con la idea de sentar un precedente contra futuros abusos presidenciales. Pero los nueve magistrados terminaron votando por la inhibición.

La decisión de la Corte es, en cierto modo, un alivio para el presidente y sus ministros, que habían estado bajo la amenaza de consecuencias jurídicas y políticas si el acto era declarado ilegal. Sin embargo, el gesto del tribunal tiene su costo. El debate jurídico sobre los alcances del poder presidencial en mecanismos de participación ciudadana queda abierto, sin que la máxima instancia constitucional haya establecido una posición clara.

Mientras tanto, el Consejo de Estado continúa estudiando el caso desde la óptica del derecho administrativo, en un trámite que sigue en construcción y podría acumular otras demandas. La inhibición de la Corte Constitucional evitó un choque institucional sin precedentes recientes, pero dejó sin resolver una tensión que seguramente volverá a presentarse en el futuro.

Fuente original: KienyKe - Portada

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