Corte cierra la puerta: el CNE no puede investigar a Petro por su campaña

La Corte Constitucional confirmó que el Consejo Nacional Electoral no tiene competencia para investigar al presidente Gustavo Petro por presuntos incumplimientos en los topes de campaña de 2022. Solo la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes está facultada para hacerlo. La decisión fue aprobada por seis magistrados contra dos, rechazando un recurso del Consejo de Estado que buscaba dejar sin efecto esta determinación.
La Corte Constitucional puso punto final a un debate que llevaba tiempo causando fricción en los altos tribunales del país. Con una votación clara de seis magistrados a favor, el tribunal máximo confirmó que el Consejo Nacional Electoral no tiene la competencia legal para investigar al presidente Gustavo Petro por la presunta violación de topes en su campaña presidencial de 2022.
La decisión llegó después de que el Consejo de Estado presentara una solicitud pidiendo que se anulara el fallo anterior que ya había establecido este criterio. Sin embargo, la Corte rechazó esa petición y mantuvo su postura: solo la Cámara de Representantes, a través de su Comisión de Acusaciones, puede asumir investigaciones contra un presidente en ejercicio por estas irregularidades. Como lo expresó el tribunal, "La Cámara de Representantes es la autoridad competente para asumir la investigación respecto del ciudadano Gustavo Petro, en su calidad de presidente de la República, por las presuntas irregularidades en la financiación de la campaña".
No fue una decisión unánime. Los magistrados Jorge Enrique Ibáñez Najar y Carlos Camargo Assis se opusieron al resultado y salvaron su voto, es decir, manifestaron públicamente su desacuerdo con lo decidido por la mayoría. Por su lado, las magistradas Paola Andrea Meneses Mosquera y Natalia Ángel Cabo, junto con el magistrado Miguel Polo Rosero, respaldaron la decisión pero presentaron aclaraciones sobre sus puntos de vista. El magistrado Héctor Alfonso Carvajal no participó en la votación por estar impedido.
Esta sentencia cierra, al menos por ahora, la posibilidad de que el Consejo Nacional Electoral continúe adelantando investigaciones contra el jefe de Estado por estos hechos. Aunque la Corte deja en firme su interpretación sobre las competencias del CNE, el debate jurídico sobre cuál instancia debe conocer estos casos sigue abierto en los círculos legales del país.
Fuente original: El Colombiano - Colombia

