Consejo de Estado rechaza demanda contra Petro por inasistencias al Senado en medio de polémica por suspensión

El Consejo de Estado negó una demanda que buscaba quitarle la investidura de senador al presidente Petro por inasistencias. El tribunal determinó que las 17 faltas que le achacaban no cumplían el requisito constitucional de ocurrir dentro del mismo período legislativo. La decisión llega mientras el país debate una orden de suspensión provisional del presidente en otra investigación.
Mientras el país sigue pendiente de la polémica por la suspensión provisional del presidente Gustavo Petro, el Consejo de Estado le sacó una espina al mandatario este jueves: rechazó una demanda que buscaba quitarle la investidura que tuvo como senador por sus ausencias a sesiones plenarias.
La Sala Especial del alto tribunal analizó los argumentos de quien demandó al presidente por haber acumulado 17 inasistencias durante su paso por el Senado, concentrando ocho de ellas entre 2018 y 2019. Sin embargo, el tribunal encontró que aunque efectivamente hubo faltas, no se cumplía un requisito fundamental para aplicar la sanción de pérdida de investidura.
Según lo explicó el Consejo de Estado, la Constitución exige que un senador tenga al menos seis ausencias injustificadas dentro de un mismo período de sesiones para que pueda perder su curul. En el caso de Petro, el tribunal verificó que cinco de sus inasistencias ocurrieron en el primer período legislativo y tres en el segundo. Como estaban distribuidas en períodos distintos, no era posible sumarlas para llegar a las seis que marca la norma. "La corporación verificó que 5 correspondían al primer periodo de sesiones y 3 al segundo, por lo que no se configuró la causal invocada", precisó el tribunal.
La noticia del fallo llega en un momento turbulento para el presidente. La misma jornada, la representante Gloria Elena Arizabaleta radicó ante la Comisión de Acusación un auto que ordena la suspensión provisional de Petro dentro de una investigación por presunta participación en política. Juristas han cuestionado esa medida, argumentando que la Comisión carece de competencia constitucional para apartarlo de sus funciones.
Aunque se trata de asuntos completamente distintos y de épocas diferentes en la carrera política del presidente, ambas decisiones convergieron en una jornada que dejó al país dividido entre el alivio judicial y la incertidumbre constitucional.
Fuente original: El Colombiano - Colombia


