Consejo de Estado ratifica límites a las alocuciones de Petro: sentencia queda en firme

El Consejo de Estado rechazó los recursos del presidente Gustavo Petro y mantuvo vigente la sentencia que ordena regular sus alocuciones presidenciales. Los magistrados consideraron que el uso excesivo de estos espacios afecta el pluralismo informativo. En tres años y tres meses de mandato, Petro ha acumulado 48 horas y 33 minutos en alocuciones, cifra que supera las 29 horas totales de sus antecesores en 18 años.
La batalla legal sobre las alocuciones presidenciales tiene nuevo acto. El Consejo de Estado resolvió mantener en pie la sentencia que obliga al presidente Gustavo Petro a regular estas intervenciones de cadena nacional. La Sección Tercera del tribunal rechazó los recursos que presentaron la Presidencia, los medios públicos y el regulador de comunicaciones, decidiendo que no hay razones para cambiar lo que ya había fallado.
El nudo del asunto es bien simple: los jueces consideran que el presidente ha usado estas alocuciones sin justificación suficiente. Afectan cosas como el contenido, la frecuencia y la duración de estas intervenciones, lo cual termina perjudicando el equilibrio de la información que reciben los colombianos. Los números hablan solos. De acuerdo con el Departamento Administrativo de la Presidencia, en tres años y tres meses Petro ha acumulado 48 horas y 33 minutos en alocuciones. Comparado con sus antecesores, quienes en 18 años sumaron apenas 29 horas y 2 minutos, la diferencia es abismal.
La Presidencia argumentó que el fallo judicial no reunía los requisitos legales necesarios y que no había prueba de un daño concreto que justificara que los jueces intervinieran. También cuestionaron si realmente el tribunal tenía las facultades para ordenar esto. Pero el Consejo de Estado no le creyó. Los magistrados concluyeron que "las entidades accionadas desconocieron la garantía del pluralismo informativo, componente esencial del derecho fundamental a la información".
Entre quienes llevaron la tutela figuran el estudiante de derecho Samuel Ortiz y el entonces precandidato presidencial Miguel Uribe Turbay, junto con otros ciudadanos que consideraban excesivo el uso presidencial de estos espacios. Los magistrados les dieron la razón, reconociendo que no tenían otro camino legal efectivo para proteger sus derechos.
Lo importante es que el tribunal fue claro: esta sentencia es para el presidente Petro en concreto, no es una regla general que afecte a otros actores. Ahora queda el interrogante de si el mandatario acatará esta decisión que, en términos legales, ya no tiene vuelta atrás.
Fuente original: El Colombiano - Colombia



