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Consejo de Estado ratifica: anula la elección de Mikhail Krasnov como alcalde de Tunja

Fuente: El Colombiano - Colombia
Consejo de Estado ratifica: anula la elección de Mikhail Krasnov como alcalde de Tunja
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El Consejo de Estado confirmó la nulidad de la elección de Mikhail Krasnov como alcalde de Tunja para el período 2024-2027. La decisión se fundamenta en que Krasnov estaba inhabilitado legalmente al momento de candidatarse, ya que había firmado un contrato con la Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia en diciembre de 2022, dentro del año anterior a las elecciones de octubre de 2023. La ley prohíbe expresamente que quienes hayan contratado con entidades públicas en ese lapso aspiren al cargo de alcalde.

Para Mikhail Krasnov, el alcalde de origen ruso y ucraniano, la situación judicial se complica definitivamente. El Consejo de Estado acaba de ratificar la decisión del Tribunal Administrativo de Boyacá y anuló su elección como alcalde de Tunja para el período 2024-2027. La Sección Quinta del alto tribunal, con ponencia de la magistrada Gloria María Gómez Montoya, confirma así que Krasnov se encontraba inhabilitado legalmente cuando decidió postularse para el cargo.

El problema, según determina la justicia administrativa, es simple pero decisivo: Krasnov firmó un contrato público menos de un año antes de las elecciones. Específicamente, el 6 de diciembre de 2022 suscribió el Contrato 2302 con la Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia (Uptc), y las elecciones territoriales se llevaron a cabo el 29 de octubre de 2023. La ley colombiana es clara al respecto: el numeral 3 del artículo 95 de la Ley 136 de 1994 prohíbe taxativamente que las personas que hayan celebrado contratos con entidades públicas en el año anterior aspiren a la alcaldía.

El Consejo de Estado fue enfático en aclarar que lo determinante para configurar esta inhabilidad es que la entidad contratante sea de naturaleza pública. Con esto desestimó los argumentos de la defensa de Krasnov, que cuestionaba la tipología del convenio con la universidad. La Sala también encontró probado que la ejecución del contrato se desarrolló en el mismo municipio donde Krasnov resultó elegido, un factor territorial que es decisivo porque busca precisamente evitar que la contratación pública interfiera con la equidad electoral.

En su análisis, los magistrados fueron claros: acreditaban que existía un interés propio de Krasnov derivado de la contraprestación económica que recibió por el contrato. Por eso consideraron que "no era necesario llevar a cabo un análisis subjetivo adicional" sobre su conducta. Con esta sentencia de segunda instancia, el proceso judicial llega a su cierre y procede la ejecución de la nulidad de la credencial que acreditaba a Krasnov como mandatario de la capital boyacense.

Fuente original: El Colombiano - Colombia

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