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Consejo de Estado ordena al presidente Petro dejar de promover su partido en redes sociales

Fuente: Hora 13 Noticias

El Consejo de Estado emitió una sentencia el 28 de mayo ordenando al presidente Gustavo Petro abstenerse de difundir propaganda electoral a través de X, YouTube y canales oficiales del Gobierno. La decisión revocó un fallo anterior del Tribunal Administrativo de Cundinamarca y se basó en el incumplimiento de la Ley de Garantías. La Fundación para el Estado de Derecho había demandado al mandatario por publicaciones donde convocaba a votar por el Pacto Histórico y cuestionaba a candidatos rivales.

La máxima autoridad administrativa del país bajó el pulgar. El Consejo de Estado ordenó formalmente al presidente Gustavo Petro que deje de usar sus redes sociales y los canales oficiales del Gobierno para hacer propaganda a favor de su partido o en contra de otros movimientos políticos. La sentencia, fechada el 28 de mayo de este año, revocó una decisión anterior del Tribunal Administrativo de Cundinamarca que había rechazado la demanda en marzo.

El fallo se fundamenta en que Petro violó lo que establece el artículo 38 de la Ley 996 de 2005, conocida como Ley de Garantías. Esta norma es clara: los servidores públicos tienen prohibido meterse en actividades de campaña electoral. Punto.

La demanda llegó desde la Fundación para el Estado de Derecho, que llevó ante la justicia los argumentos de que el presidente y su Departamento Administrativo han realizado "de manera reiterada y sistemática, una conducta consistente en la difusión de mensajes y pronunciamientos de contenido electoral". Esos mensajes iban tanto a favor del Pacto Histórico como contra sus adversarios políticos.

Cuando el Consejo de Estado revisó los casos, encontró varias publicaciones en X donde Petro llamaba a ganar las elecciones de 2026 para volver "irreversible" su proyecto. También cuestionaba al Consejo Nacional Electoral y a candidatos rivales. Un ejemplo particularmente importante fue el discurso que pronunció en Ibagué el 3 de octubre de 2025, cuando dijo: "Reelijamos el proyecto y reelijámoslo de dos maneras, en una no puedo hablar mucho porque también me prohíben, pero habrá una persona aquí elegida por el pueblo en octubre o en marzo que sea capaz de profundizar las reformas que hasta ahora nosotros hemos realizado".

Para los magistrados, eso no era una simple defensa de lo que su administración ha hecho. Aquello era propaganda electoral clara y directa. El Consejo dejó establecido que la intención no era sancionar disciplinariamente al presidente, sino obligarlo a cumplir una prohibición que está en la ley electoral vigente. Es decir, asuntos de orden, no de castigo.

Fuente original: Hora 13 Noticias

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