Consejo de Estado ordena a Petro dejar de usar propaganda política desde canales oficiales
El Consejo de Estado revocó una decisión anterior y ordenó al presidente Gustavo Petro abstenerse de difundir propaganda electoral a través de canales institucionales. El tribunal concluyó que el mandatario incumplió la Ley de Garantías Electorales al publicar mensajes que promovían su proyecto político y movimiento. La decisión surge tras una demanda de la Fundación para el Estado de Derecho, que documentó publicaciones con contenido político-electoral en redes sociales y medios oficiales.
El Consejo de Estado le puso un freno al presidente Gustavo Petro. El tribunal le ordenó que se abstenga de divulgar propaganda electoral a favor o en contra de partidos políticos, determinando que el mandatario había violado lo establecido en la Ley 996 de 2005, también conocida como Ley de Garantías Electorales.
Esta decisión revierte lo que había resuelto en primer momento el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, que rechazó una demanda presentada por la Fundación para el Estado de Derecho. La organización denunció que Petro y el Departamento Administrativo de la Presidencia utilizaron redes sociales y canales institucionales para difundir mensajes con claro contenido político y electoral.
De acuerdo con la demanda, el presidente publicó contenidos en los que promovía la continuidad del proyecto progresista e hizo referencias directas al Pacto Histórico. Entre los ejemplos que analizó el tribunal está un mensaje del 1 de septiembre de 2025, donde Petro aseguró que el movimiento debía "prender todas las armas" para defender la democracia frente a lo que llamó una acción "dictatorial del uribismo y sus aliados". También revisaron una publicación del 30 de noviembre de 2025 relacionada con una encuesta de Invamer, que a juicio de la Sala fue utilizada para impulsar ideas vinculadas a la continuidad de su proyecto político y a la convocatoria de una asamblea nacional constituyente.
Lo interesante es que en primera instancia, el tribunal de Cundinamarca había argumentado que la norma establecía una prohibición general sin una autoridad específica encargada de hacerla cumplir por esa vía judicial. Pero el Consejo de Estado no vio las cosas así. La corporación concluyó que existe un deber claro para los funcionarios públicos, incluido el presidente de la República, de respetar la ley electoral.
El tribunal aclaró que su fallo no estudia posibles faltas disciplinarias ni toca competencias de la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes, la entidad encargada de investigar al jefe de Estado. El objetivo del fallo es simplemente garantizar que se cumpla la ley electoral vigente.
Con esta orden, el Consejo de Estado le prohibió al presidente Petro divulgar propaganda política a través de publicaciones oficiales, medios institucionales de televisión, radio o imprenta pública.
Fuente original: Hora 13 Noticias

