Consejo de Estado le ordena a Petro dejar de hacer propaganda electoral desde el Gobierno

El Consejo de Estado decidió revocar una sentencia anterior y ordenarle al presidente Gustavo Petro que deje de difundir propaganda electoral a través de medios oficiales, redes sociales y espacios del Gobierno. La orden llega tras una demanda de la Fundación para el Estado de Derecho, que evidenció una estrategia sistemática de promoción política del Pacto Histórico. El tribunal consideró que el presidente incumplió con sus obligaciones de neutralidad política y la Procuraduría quedó encargada de vigilar el cumplimiento de esta decisión.
El Consejo de Estado le puso un alto a Gustavo Petro. La Sección Quinta del alto tribunal ordenó al presidente abstenerse de hacer propaganda electoral a favor o en contra de movimientos políticos, determinando que el mandatario incumplió con las restricciones de neutralidad que deben respetar todos los servidores públicos. La decisión revocó lo que había fallado antes el Tribunal Administrativo de Cundinamarca y marca un límite claro sobre el uso de escenarios institucionales y redes sociales con fines electorales.
Todo comenzó cuando la Fundación para el Estado de Derecho presentó una Acción de Cumplimiento demandando tanto al presidente como al Departamento Administrativo de la Presidencia. La organización señaló que desde cuentas personales en redes sociales y espacios oficiales del Gobierno se estaba ejecutando una estrategia que describió como "reiterada y sistemática" de promoción política del Pacto Histórico y de crítica a sectores opositores, aprovechando el ambiente electoral.
Los jueces analizaron varios elementos concretos. Revisaron un discurso que Petro pronunció en Ibagué en octubre de 2025, transmitido por canales oficiales, donde llamó a la ciudadanía a "ponerse en modo constituyente" y a elegir una "bancada mayoritaria progresista" en el próximo Congreso. Para el tribunal, ese mensaje vinculaba directamente las reformas del Gobierno con la necesidad de ganar elecciones. También examinaron publicaciones en la red social X donde el presidente convocaba a ganar las elecciones de 2026 para volver "irreversible" su proyecto político y hacía cuestionamientos contra el Consejo Nacional Electoral y sectores opositores, a los que calificó de "dictatoriales".
Hay algo que también pesó en la decisión: el Gobierno había ignorado alertas previas de la Misión de Observación Electoral y de la Procuraduría sobre la obligación de mantener neutralidad institucional durante el periodo electoral. Por eso, el tribunal ordenó al presidente abstenerse "en lo sucesivo" de difundir propaganda electoral a través de publicaciones oficiales, estaciones de radio y televisión públicas o cualquier otro medio institucional del Estado.
La orden es clara en la sentencia: "Ordenar al presidente de la República que, en cumplimiento del mandato expreso contenido en el numeral 2 del artículo 38 de la Ley 996 de 2005, se abstenga en lo sucesivo de difundir propaganda electoral a favor o en contra de cualquier partido, agrupación o movimiento político, a través de publicaciones, estaciones oficiales de televisión y de radio o imprenta pública".
El tribunal también encargó a la Procuraduría General de la Nación vigilar que se cumpla esta decisión. Aunque el proceso no implica una sanción disciplinaria inmediata, el Consejo de Estado fue enfático al señalar que "sí existe un incumplimiento del deber legal de neutralidad política exigido a la máxima autoridad del Estado". Eso sí, el fallo exoneró de responsabilidad al Departamento Administrativo de la Presidencia, considerando que la obligación legal recae directamente sobre el presidente de la República y no sobre esa entidad.
Fuente original: El Colombiano - Colombia

