ÚltimasNoticias Colombia

Colombia

Consejo de Estado: la Policía es insustituible en la seguridad de los estadios colombianos

Fuente: El Colombiano - Colombia
Consejo de Estado: la Policía es insustituible en la seguridad de los estadios colombianos
Imagen: El Colombiano - Colombia Ver articulo original

El Consejo de Estado zanjó una disputa de años entre la Dimayor, la Federación Colombiana de Fútbol y la Policía, estableciendo que la fuerza pública no puede ser reemplazada por empresas de seguridad privada en partidos profesionales. Aunque la vigilancia privada puede operar en los estadios, su rol se limita a tareas logísticas y control de acceso. La decisión, tomada en septiembre de 2025 pero revelada hace poco, responde a una realidad cruda: entre 2004 y 2018 murieron al menos 154 personas en hechos relacionados con fútbol en Colombia.

Una batalla jurídica de años llegó a su fin. El Consejo de Estado cerró el debate sobre quién debe velar por la seguridad en los estadios colombianos al determinar que la Policía no puede ser desplazada ni reemplazada por empresas de vigilancia privada en los partidos de fútbol profesional y otros eventos masivos. El pronunciamiento, emitido el 17 de septiembre de 2025, fue dado a conocer este jueves 16 de abril de 2026, después de que el Ministerio del Interior levantara la reserva legal del documento.

La pelea venía de atrás. La División Mayor del Fútbol Colombiano, la Federación Colombiana de Fútbol y la Policía no llegaban a un acuerdo sobre quién respondía por la seguridad dentro de los estadios. Ese choque paralizó la actualización del Protocolo de Seguridad que governa cómo se juegan los partidos en el país. El Ministerio del Interior pidió ayuda al Consejo de Estado para que aclarara las reglas. La razón de fondo era inquietante: entre 2004 y 2018 murieron al menos 154 personas en hechos vinculados a partidos de fútbol en Colombia.

El enredo jurídico comenzó en 2016 cuando el Código de Policía incluyó dos artículos que repartían responsabilidades entre la fuerza pública y los organizadores de eventos. Un año después, la Corte Constitucional los tumbó por inconstitucionales, argumentando que regulaban derechos fundamentales como el de reunión a través de una ley ordinaria, cuando la Constitución exige un trámite más riguroso. Esos artículos desaparecieron el 20 de junio de 2019, pero dejaron un rastro importante: una sentencia de 2018 que establecía algo crucial: ninguna ley ni contrato con empresas privadas puede liberar a la Policía de sus deberes constitucionales. El Consejo de Estado rescató ese criterio como válido.

Entonces, ¿cómo funciona esto en la práctica? El Consejo de Estado fue claro: la Policía tiene la obligación constitucional de estar presente en eventos deportivos masivos y de actuar cuando exista amenaza al orden público o a la convivencia. Eso incluye controlar situaciones de riesgo para la vida o los bienes de las personas dentro del estadio y en sus alrededores. La Ley 1270 de 2009 le asignó expresamente a la Policía la función de "prevenir la aparición de hechos de violencia en los estadios de fútbol y en sus alrededores". La Constitución, en sus artículos 2 y 218, consagra a la Policía como el cuerpo encargado de mantener las condiciones para que los colombianos ejerzan sus derechos y vivan en paz. Ese mandato no admite excepciones ni delegaciones en manos de particulares.

Ahora bien, la seguridad privada no quedó totalmente afuera. Las empresas de vigilancia sí pueden operar en los partidos, pero dentro de límites muy precisos. Su trabajo se limita a proteger personas y bienes en el interior del evento: verificar el ingreso, revisar que no haya objetos prohibidos y apoyar la logística del espectáculo. No pueden asumir la responsabilidad de controlar el orden público, garantizar la convivencia ciudadana ni enfrentar violencia colectiva. Eso es competencia exclusiva de la fuerza pública. Además, la ley prohíbe que estas empresas usen la fuerza de la misma manera que la Policía. Su actuación debe ser "no intrusiva": no pueden portar armas de uso exclusivo de la fuerza pública ni ejercer funciones que la Constitución reserva al Estado.

El Estatuto del Aficionado al Fútbol, creado en 2012, dejó otra regla importante: cualquier persona que asista a un partido tiene derecho a la presencia tanto de la Policía como de personal de logística del organizador. Además, los protocolos de seguridad de cada estadio deben ser firmados por el alcalde, el comandante de Policía y el presidente del club. Sin ese documento aprobado, el escenario no puede recibir público.

Fuente original: El Colombiano - Colombia

Noticias relacionadas