Consejo de Estado anula nombramiento de Cielo Rusinque en la SIC por falta de requisitos técnicos
El Consejo de Estado anuló el nombramiento de Cielo Rusinque como superintendente de Industria y Comercio tras determinar que no cumplía los requisitos de formación académica ni experiencia profesional exigidos para el cargo. El tribunal evaluó que su posgrado obtenido en Francia, enfocado en ciencias políticas, no se ajustaba a los conocimientos técnicos necesarios para dirigir una entidad que regula competencia económica, protección al consumidor y propiedad industrial. La decisión se alinea con compromisos internacionales que exigen perfiles especializados en puestos de autoridad económica.
El Consejo de Estado cerró la puerta al nombramiento de Cielo Rusinque como superintendente de Industria y Comercio. La decisión, que ya es definitiva, se basó en un análisis riguroso de las demandas acumuladas contra su designación realizada mediante el Decreto 0098 de 2024, encontrando que la funcionaria simplemente no reunía los requisitos que exige la ley para ocupar ese cargo.
El tribunal centró su examen en dos aspectos fundamentales: qué había estudiado y en qué había trabajado. Respecto a su formación académica, el Consejo de Estado pidió información al Ministerio de Educación para revisar un título que Rusinque obtuvo en Francia. Lo encontrado fue contundente: se trataba de un título propio cuya convalidación no permitía demostrar que fuera equivalente a un posgrado válido en el país. Pero había más. El enfoque de ese posgrado estaba orientado hacia ciencias políticas, una disciplina que quedaba lejos de lo que la superintendencia necesita: formación especializada en competencia económica, protección al consumidor, propiedad industrial y datos personales.
Cuando el tribunal revisó su trayectoria laboral, tampoco encontró experiencia suficiente y especializada en los temas que regula la SIC. Para un cargo que demanda expertise técnico en asuntos tan complejos y especializados, esto resultó ser otro requisito que no se cumplía. El Consejo de Estado fue claro en señalar que no se trataba de una decisión basada en opiniones, sino en el contraste entre lo que exigía la ley y lo que la designada podía acreditar.
Un factor adicional pesó en el fallo: Colombia, tras ingresar a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos, asumió compromisos internacionales para garantizar que quienes lideren autoridades de competencia sean perfiles altamente especializados. Esto significa que estos cargos dejaron de ser posiciones disponibles únicamente por confianza política. Los estándares internacionales quedaron incorporados en la normativa nacional precisamente para asegurar que la supervisión de los mercados esté en manos de expertos.
Lo curioso del asunto es que durante la convocatoria pública de diciembre de 2023, en la que participaron decenas de aspirantes, ya se había planteado la preocupación sobre el cumplimiento de requisitos por parte de Rusinque. El Gobierno decidió continuar adelante con la designación de todas formas. El Consejo de Estado fue enfático: la discrecionalidad del Ejecutivo tiene límites claros marcados por la ley, y la voluntad política no basta para designar a un funcionario si no demuestra cumplir con los criterios técnicos establecidos.
La sentencia es de única instancia, lo que significa que es definitiva. Ordena la nulidad del nombramiento y la salida inmediata de la funcionaria. Ahora el Gobierno tendrá que iniciar un nuevo proceso de selección, esta vez ajustándose estrictamente a los estándares legales y técnicos vigentes.
Fuente original: KienyKe - Portada


