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CNE: votos por Murillo y Caicedo no valdrán en las urnas

Fuente: La FM - Colombia
CNE: votos por Murillo y Caicedo no valdrán en las urnas
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El Consejo Nacional Electoral determinó que los votos marcados por candidatos presidenciales que hayan renunciado antes de la elección serán considerados como votos no marcados y no tendrán validez en el escrutinio. Estos sufragios no se transferirán al voto en blanco ni a otras campañas, ni contarán para calcular umbrales electorales. La medida se aplicará a los votos que reciban Luis Gilberto Murillo y Carlos Caicedo, quienes abandonaron recientemente la carrera presidencial de 2026.

El Consejo Nacional Electoral acaba de aclarar qué pasará con los votos que la gente marque por candidatos que ya no están en la contienda. Mediante la Circular Sala Plena No. 001 de 2026, fechada el 28 de mayo, el organismo electoral estableció que las tarjetas electorales marcadas por candidatos presidenciales o vicepresidenciales que hayan renunciado oficialmente serán tratadas como votos no marcados y simplemente no contarán en el escrutinio oficial.

La decisión llega en un momento complejo para la carrera presidencial de 2026. Carlos Caicedo y Luis Gilberto Murillo anunciaron su retiro de la contienda en las últimas semanas, dejando en el aire la pregunta sobre qué ocurriría con los votos que pudieran recibir en las urnas. Ahora el CNE quitó toda ambigüedad al respecto: esos sufragios estarán muertos en términos electorales.

Pero aquí viene lo importante: estos votos no irán a ningún lado. No se sumarán al voto en blanco, no se transferirán a otras campañas que los candidatos renunciantes hayan respaldado posteriormente, y tampoco se considerarán votos nulos. Simplemente desaparecerán del conteo. Tampoco influirán en cálculos técnicos como el umbral electoral, el cuociente o la cifra repartidora que determinan cómo se distribuyen las curules.

El Consejo Nacional Electoral justificó la medida argumentando que una candidatura que renuncia deja de existir legalmente. Según el organismo, cuando una persona vota por un candidato retirado, su voto se dirige hacia una opción que ya no existe jurídicamente en la contienda, por lo que pierde toda eficacia electoral. "El voto solo puede producir efectos legales cuando recae sobre una candidatura vigente y habilitada para participar en la elección", explicó el ente mediante el documento.

Cristian Ricardo Quiroz Romero, presidente del CNE, y Alfonso Campo Martínez, vicepresidente, pidieron a las comisiones escrutadoras que apliquen estas directrices de manera estricta durante el conteo de votos. La medida busca garantizar uniformidad, transparencia y seguridad jurídica en todo el proceso electoral, evitando que se otorgue eficacia legal a candidaturas que ya desaparecieron del escenario político.

Fuente original: La FM - Colombia

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