CNE cierra la puerta a críticas: De la Espriella sigue en la carrera presidencial

El Consejo Nacional Electoral ratificó con un voto de 8 a 1 la candidatura de Abelardo de la Espriella para las elecciones presidenciales de 2026-2030. La decisión rechazó un intento por revocar su inscripción basado en que su doble nacionalidad (colombiana y estadounidense) lo haría inelegible. El organismo electoral determinó que la Constitución no prohíbe que un colombiano de nacimiento con otra nacionalidad aspire a la presidencia, por lo que De la Espriella continuará compitiendo en la segunda vuelta contra el senador Iván Cepeda.
La polémica que rodeaba la candidatura presidencial de Abelardo de la Espriella acaba de recibir una resolución definitiva. El Consejo Nacional Electoral confirmó este jueves que su inscripción como candidato para el período 2026-2030 es válida, con solo un voto en contra en la Sala Plena. Con esto, quedó descartado el intento por frenar su participación en la segunda vuelta electoral que se realizará este domingo 21 de junio.
El debate que llevó al CNE a tomar esta decisión giró en torno a un asunto delicado: la doble nacionalidad de De la Espriella. Quien presentó la demanda argumentaba que el hecho de que sea ciudadano tanto colombiano como estadounidense representaba una inhabilidad legal para ocupar la presidencia. Su planteamiento se basaba en que al jurar fidelidad ante una potencia extranjera durante su naturalización como estadounidense, De la Espriella habría contravenido el deber de lealtad exclusiva que exige la Constitución para quien quiera ser presidente de Colombia.
Sin embargo, el CNE fue claro en su análisis jurídico. El organismo electoral concluyó que la Constitución Política de Colombia simplemente no contempla la posesión de otra nacionalidad como una razón para inhabilitar a alguien de aspirar a la presidencia, en especial cuando esa persona es colombiana de nacimiento. Según el CNE, no es posible crear restricciones a derechos fundamentales como el de ser elegido si esas restricciones no están expresamente escritas en la norma constitucional, particularmente en los artículos 179, 191 y 197.
El organismo también fue enfático al señalar su rol como autoridad administrativa: no puede hacer juicios de valor sobre lo que denomina "supuestos conflictos de lealtad" o situaciones hipotéticas de conflicto de intereses que no estén definidas legalmente como inhabilidades. En esto coincide con un criterio que el Consejo de Estado había compartido poco antes, donde establece que en procesos de revocatoria de inscripción se requiere alcanzar el nivel más alto de prueba legal, lo que impide basar decisiones en simples suposiciones o información incompleta.
Curiosamente, la posición del CNE se alinea con un concepto jurídico que habían emitido hace poco un grupo de expresidentes y exmagistrados del país, quienes también defendieron que cuando alguien es colombiano por nacimiento, esa condición prevalece sobre cualquier otra nacionalidad adquirida posteriormente.
De la Espriella, inscrito por el grupo significativo de ciudadanos denominado "Defensores de la Patria", puede así mantener su participación en las urnas. Este domingo se enfrentará al senador Iván Cepeda, candidato respaldado por el Pacto Histórico, en una segunda vuelta que promete ser decisiva para el futuro político de Colombia.
Fuente original: El Colombiano - Colombia

