Aracataca en crisis: 46 familias desplazadas por enfrentamientos entre grupos armados
La Defensoría del Pueblo alertó sobre una grave situación humanitaria en la vereda La Fuente de Aracataca tras enfrentamientos armados que desplazaron a 46 familias, aproximadamente 172 personas incluyendo 63 menores. Los habitantes que permanecen en la zona enfrentan restricciones severas de movilidad y presuntas violaciones al Derecho Internacional Humanitario, como retención de celulares y limitación de acceso a alimentos. La confrontación entre los grupos Conquistadoras de la Sierra y el Clan del Golfo ha profundizado la crisis humanitaria en la región.
La situación en Aracataca se ha vuelto insostenible para las comunidades rurales. La Defensoría del Pueblo expresó su profunda preocupación por lo que está pasando en la vereda La Fuente, zona rural del municipio, donde recientes enfrentamientos armados han dejado a cientos de personas en una situación de alto riesgo. Aunque no se han reportado víctimas civiles hasta ahora, los habitantes siguen expuestos a múltiples amenazas por la presencia de actores armados y la posible existencia de explosivos cerca de sus casas.
El desplazamiento forzado es la realidad más dura que enfrentan estas familias. Al menos 46 familias, es decir 172 personas en total, tuvieron que abandonar sus hogares. Entre ellas hay 63 niños, niñas y adolescentes que ahora cargan con el trauma de la violencia. Otras familias también salieron hacia municipios cercanos. Lo más grave es que quienes todavía están en la vereda no pueden moverse libremente. La Defensoría denunció que los grupos armados han retenido celulares a la población, han impedido el ingreso de alimentos y han restringido el uso de medios de transporte como motocicletas. Estas prácticas violarían el Derecho Internacional Humanitario.
Las familias que lograron llegar al casco urbano de Aracataca están en una situación de total vulnerabilidad. Hasta el momento no han recibido la atención humanitaria de emergencia que por ley les corresponde. Esto agrava aún más su crisis, dejándolas sin acceso a servicios básicos ni apoyo inmediato.
La Defensoría recordó que todo esto ya estaba advertido. En su Alerta Temprana Estructural 020 de 2025, había señalado un riesgo alto en la Sierra Nevada de Santa Marta y sus alrededores. La realidad es que hay una intensa disputa territorial entre los grupos que se llaman a sí mismos Conquistadoras de la Sierra y el Clan del Golfo, también conocido como Ejército Gaitanista de Colombia. Esta confrontación ha generado graves afectaciones a la población civil y ha profundizado la crisis humanitaria en toda la región.
La Defensoría hizo un llamado urgente a las autoridades nacionales y locales para que implementen inmediatamente las recomendaciones de la alerta y su plan de acción. Le pidió al municipio que active de forma urgente el Plan de Contingencia para garantizar la atención humanitaria de emergencia a los desplazados. Si es necesario, se debe solicitar apoyo a la Gobernación y a la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas. También exigió que el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar refuerce la atención a los menores afectados.
A la Fuerza Pública le solicitó que adopte todas las medidas necesarias, siempre respetando el Derecho Internacional Humanitario, para proteger a la población civil, evitar nuevas afectaciones e impedir que la crisis se intensifique. Además, pidió que coordinen acciones para el tratamiento digno de los cuerpos de presuntos combatientes reportados en vías del territorio y que adelanten procesos de descontaminación de munición y artefactos explosivos, priorizando las zonas donde vive la comunidad.
La Defensoría también exhortó a los grupos armados con presencia en el territorio a respetar los compromisos que asumieron con el Gobierno Nacional en los espacios de diálogo y reducción de violencia. Subrayó que estos compromisos deben traducirse en conductas inmediatas, reales y verificables, y en la observancia estricta del Derecho Internacional Humanitario, incluyendo el principio de distinción y la prohibición de afectar bienes y personas protegidas.
Fuente original: KienyKe - Portada



